La Facua lleva a Google a la Audiencia Nacional por la toma de datos que realizó StreetView en WiFis de ciudadanos españoles:
La iniciativa de la organización se basa en el artículo 197 del Código Penal según el cual: “El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad del otro, sin su consentimiento (…) intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses”
Se veía venir.
